Términos Y Condiciones - Programa de Chequeo Médico Preventivo a Cargo de Asistencia365 S.A.C.

1. INTRODUCCION:

PACIFICO, con su Programa de “CHEQUEO MÉDICO PREVENTIVO”, pone a disposición de los AFILIADOS que contraten el Seguro de Vida Yape desde el día 07 de JULIO de 2025 hasta el día 21 de JULIO de 2025, el servicio de Chequeo Médico Preventivo a cargo de la empresa ASISTENCIA A365, el cual estará disponible durante el primer año de contratación del Seguro de Vida Yape. Con tan sólo una llamada al número (01) 610-6691, dispondrá de todos aquellos recursos necesarios para la inmediata atención, sujetándose para ello a lo dispuesto en el presente documento.

2. GLOSARIO DE TÉRMINOS:

Siempre que se utilicen letras mayúsculas en las presentes condiciones generales, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye.

A)   PACIFICO: PACIFICO SEGUROS.
B)   A365: ASISTENCIA 365 S.A.C.
C)   AFILIADO: Es la persona natural cliente de PACIFICO que ha contratado un Seguro de Vida Yape.
D)   SOLES: La moneda en curso legal en la República del Perú
E)    SERVICIO: El servicio de asistencia médica detallado en el acápite 3 del presente documento.
F)    SITUACIÓN DE ASISTENCIA: Todo hecho imprevisto o acto del hombre, accidente ocurrido en los términos y con las características y limitaciones establecidas en el documento, que den derecho a la prestación del SERVICIO.
G)  ACCIDENTE: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales a un AFILIADO, causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente (excluyendo la enfermedad) que ocurra a un AFILIADO durante la vigencia del presente documento.
H)  FECHA DE INICIO: Fecha a partir de la cual los servicios de asistencia que ofrece A365 estarán a disposición de los AFILIADOS.
I)     PAÍS DE RESIDENCIA: La República del Perú.
J)     REPRESENTANTE: Cualquier persona, sea o no acompañante del AFILIADO que realice gestión alguna para posibilitar la prestación de los Servicios de Asistencia.
K)   TERRITORIALIDAD: A nivel nacional.

3.  SERVICIO:

A)   CHEQUEO PREVENTIVO ANUAL:

En caso el AFILIADO requiera de un servicio de chequeo preventivo, y siempre que cuenten con la orden de los exámenes a realizar, A365 gestionará la habilitación de los siguientes exámenes: Hemograma completo, Examen de orina, Colesterol y triglicéridos en la red de clínicas o laboratorios más cercano a la vivienda del cliente. SERVICIO SIN COSTO Y CON UN MAXIMO DE 1 EVENTO AL AÑO, EL CUAL SE ENCONTRARÁ A DISPOSICIÓN DEL AFILIADO DURANTE EL PRIMER AÑO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA DEL SEGURO “VIDA YAPE”. ASIMISMO, EL AFILIADO PODRÁ ACCEDER AL CHEQUEO PREVENTIVO SIEMPRE QUE MANTENGA SU CONDICIÓN DE AFILIADO Y SE ENCUENTRE AL DÍA EN EL PAGO DE SUS PRIMAS.

Para hacer uso del servicio el cliente deberá comunicarse previamente con la central de emergencias al (01) 610-6691 y solicitar la cita. Este servicio se podrá coordinar las 24 horas del día para poder atender las agendas de citas y el horario de atención con la red será de 7:00 am a 17:00 pm.

IMPORTANTE: el AFILIADO debe previamente debe contar con todas las recomendaciones médicas para poder realizarse los exámenes sin contratiempos.

El presente servicio también incluirá el servicio de telemedicina para lectura de resultados, el cual deberá ser coordinado llamando a la central de emergencias.

4. CASOS DE EXCLUSIÓN:

No son objeto del SERVICIO, las situaciones de asistencia que presenten las siguientes causas:

A) Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, huracanes, tempestades ciclónicas, etc.

B) Hechos y actos del hombre derivados del terrorismo, guerra, guerrilla, vandalismo, motín o tumulto popular, etc.

C) Hechos y actos de fuerzas armadas, fuerza o cuerpo de seguridad.

D) La energía nuclear radiactiva.

E) La ingestión de drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos sin prescripción médica.

F) Enfermedades mentales.

G) La adquisición y uso de prótesis o anteojos.

H) El embarazo.

I) Prácticas deportivas en competencia.

J) El incumplimiento de las obligaciones procesales que imponga la autoridad judicial como medida preventiva para asegurar la asistencia del AFILIADO en el procedimiento.

A365 avisará a PACIFICO de los servicios improcedentes por las causas arriba citadas para verificar si éste autoriza la prestación del servicio por la calidad del AFILIADO de que se trate siempre y cuando que por circunstancias de la hora y el día se pueda comunicar inmediatamente, de lo contrario se reportará al día siguiente hábil por escrito.

5. EXCLUSIONES GENERALES:

Será excluyente del SERVICIO:

A) Cuando el AFILIADO no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto.

B) Cuando el AFILIADO  no se identifique como cliente de PACIFICO.

C) Cuando el AFILIADO incumpla cualesquiera de las obligaciones indicadas en este documento.

D) Están excluidas de la presente cobertura las pandemias, sospechas de pandemias y epidemias advertidas por la OMS o MINSA, para lo cual se deberá seguir el protocolo de atención según el MINSA haya notificado.

E) Daños por terremoto, erupción volcánica, inundación, erupción, y cualquier fenómeno natural.

F) Cuando por orden de autoridad competente se impida la ejecución de los trabajos.

G) En caso de que el costo del servicio de emergencia exceda el monto establecido, este excedente será cubierto por el AFILIADO.

6. OBLIGACIONES DEL AFILIADO:
Con el fin de que el AFILIADO pueda disfrutar de los servicios contemplados, deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

A) Debe estar al día en el pago total de primas.

B) Abstenerse de realizar gastos o arreglos sin haber consultado previamente con A365.

C) Identificarse como cliente de PACÍFICO ante los funcionarios de A365 o ante las personas que esta última compañía contrate con el propósito de prestar los servicios contemplados en el presente documento.

7. PROCEDIMIENTO PARA HACER USO DEL PROGRAMA:

A) El AFILIADO deberá llamar a la Central de Emergencia al (01) 610-6691.

B) Seguidamente, el AFILIADO deberá proporcionar su nombre completo, DNI, teléfono y dirección para la validación respectiva.

C) El SERVICIO se efectuará dentro del horario indicado en el acápite 3 del presente documento.

8. PRESTACIÓN DEL SERVICIO:

La calidad e idoneidad del SERVICIO contemplado en el Programa de “CHEQUEO MÉDICO PREVENTIVO” es de responsabilidad exclusiva de A365. Queda entendido que A365 podrá prestar el SERVICIO en forma directa, o a través de terceros con quienes dicha compañía contrate, bajo su responsabilidad.

9. VIGENCIA Y MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE “CHEQUEO MÉDICO PREVENTIVO”:

El Programa de “CHEQUEO MÉDICO PREVENTIVO” depende de la vigencia del convenio suscrito entre PACÍFICO y A365 y estará a disposición del AFILIADO durante el primer año de vigencia del seguro Vida Yape. Transcurrido este periodo, el programa dejará de surtir efectos.

Se deja expresa constancia que PACÍFICO podrá modificar los límites y condiciones aplicables al programa “CHEQUEO MÉDICO PREVENTIVO” a través de una comunicación con 30 días de anticipación. La modificación del programa no afectará el o los seguros que el AFILIADO haya adquirido con PACÍFICO.